Exención de tasa

Elegí el trámite que queres iniciar.

Descripción del trámite

La Tasa General de Inmuebles es la contraprestación pecuniaria que anualmente debe efectuar el sujeto pasivo al Municipio

¿Qué es? ¿De qué se trata?

Por la organización y prestación potencial o efectiva de los servicios de asistencia pública, alumbrado, barrido, riego, recolección de residuos, arreglo de calles y caminos rurales, conservación de plazas, paseos, red vial municipal, desagües, alcantarillas, realización y conservación de las obras públicas necesarias para la prestación de servicios municipales y los servicios complementarios y conexos que se presten a la propiedad inmobiliaria.

¿Para quién es?

Art. 6)- Ordenanza nº 4146. (e) Los inmuebles de propiedad de jubilados y pensionados que no se encuentren en actividad, cuyos ingresos mensuales totales no superen el Haber mínimos nacional o provincial -el que sea mayor-, y los de los mayores de sesenta (60) años sin jubilación ni pensión alguna, y siempre que se configure la totalidad de los siguientes requisitos: 1) El inmueble se encuentre destinado a vivienda propia. 2) El beneficio de la jubilación o pensión sea el único ingreso familiar. 3) No sean el titular o su cónyuge, titulares de dominio de otro u otros inmuebles. 4) No habiten el inmueble otros convivientes en edad económicamente activa. g) Los inmuebles propiedad de personas con discapacidad, sus padres, tutores o curadores y que se encuentren en las siguientes condiciones: 1) Cuando la persona con discapacidad, sus padres, tutores o curadores sean propietarios de un único inmueble y en éste habite la persona con discapacidad. En caso que las personas mencio

¿Quién lo puede realizar?

Titular o familiar directo del titular

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para gozar de este beneficio deberán presentar anualmente en la Dirección de Rentas un certificado de supervivencia. Los beneficiarios, sus herederos, legatarios, sucesores o apoderado, tienen la obligación de comunicar cualquier cambio de situación que implique la pérdida del beneficio. Certificado Único de Discapacidad

¿Se necesita un trámite previo?

No tener deudas.

¿Cuánto cuesta?

Gratuito

¿Dónde lo puedo hacer?

CIC – Barrio Unidos Libertad 2335 Secretaría de Promoción Social – Palacio Municipal NIDO – Barrio Orilla – Simón de Iriondo y Ercovis.

Horario de Atención

8 a 11 horas – con turno previo